Todo lo que necesitas saber sobre los arreglos en las fachadas de tu comunidad
Llega el verano y, además de disfrutar de nuestras merecidas vacaciones, en la Costa del Sol es época de reencuentros con los vecinos con los que compartes propiedad en tu piso de la playa. Además de contaros cómo ha transcurrido el año, cómo está la familia o los planes para septiembre, es habitual que defináis las obras necesarias a realizar en vuestra comunidad y, una de las principales obras que afectan a todas las viviendas, es el arreglo de la fachada. Hablamos de una zona común cuya rehabilitación dependerá de todos los vecinos de la comunidad siendo un elemento único e indivisible (la aportación económica de cada inquilino no será en función del número de metros cuadrados que sean de su propiedad, sino que se realizará a partes iguales). ¿Conoces lo que dice la Ley al respecto de las obras comunitarias? Hoy te damos todas las claves.
Obras de conservación y obras de mejora en las fachadas
Antes de nada, debemos distinguir dos tipos de obras: de conservación y de mejora.
Según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) de obras en fachadas, el artículo 10.1 establece que “tendrán carácter obligatorio….. a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación”. Es importante recalcar que las puede solicitar cualquier vecino y que, aprobado por todos, deberán sufragarla todos los integrantes del inmueble.
Por su parte, la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 17.1, establece al respecto de las obras de mejora o suntuarias que “Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características. No obstante, cuando por el voto favorable de las 3/5 partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las 3/5 partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja”.
¿Por qué es importante reparar la fachada?
La fachada es la cara visible de nuestros edificio y, además de por cuestiones estéticas, la Ley de Propiedad Horizontal obliga a su rehabilitación para lograr un buen mantenimiento y estado de conservación del edificio. Las fachadas son las que más deterioro sufren con el paso del tiempo, ya que está expuesta a todos los factores externos, y puede necesitar una rehabilitación por los efectos causados por la climatología y la contaminación atmosférica, una reparación estructural provocada por la aparición de humedades, grietas, fisuras o desprendimientos, o un mantenimiento de conservación por la suciedad proveniente de las plantas que corroen la pintura o la polución. Por ello, los arreglos en fachadas de la comunidad son bastante habituales, siempre teniendo presente que cualquier obra que suponga una alteración estética de la fachada debe ser autorizada o acordada unánimemente por la Junta de Propietarios.
¿Qué sistemas existen para la rehabilitación de las fachadas?
Dependiendo del tipo de edificio, el material con el que está construido, el estado de conservación y el presupuesto del que dispongamos, podremos utilizar uno u otro sistema de rehabilitación para la fachada (recuerda estar al día también de las ayudas municipales, autonómicas o estatales existentes para este tipo de reformas). Debemos tener en cuenta que, dado que la reparación en las fachadas de los edificios es obligatoria, están surgiendo técnicas que generan ahorros energéticos y económicos. Las técnicas a utilizar son:
- Sistema de fachada ventilada
- Sistema SATE
- Enfoscado monocapa
- Enfoscado de mortero de cemento
¿Cómo elegir la pintura correcta para el arreglo de tu fachada?
No debemos olvidar que, cuando nos referimos a la fachada de un edificio, estamos hablando de la zona del inmueble más expuesta al exterior y a los factores climatológicos, por lo que la pintura que utilicemos para su rehabilitación no puede ser cualquier opción. No hablamos solo de una cuestión estética sino de protección que, además, debe cumplir con la normativa vigente. Es importante tener en cuenta la zona meteorológica y climatológica (lluvias, horas de sol…) en la que nos encontramos. Así, la pintura para fachadas exteriores correcta deberá tener las siguientes condiciones:
- Una pintura que proteja la propia edificación frente a humedades, grietas o fisuras.
- El material debe ser duradero en calidad, adherencia y color frente a las inclemencias meteorológicas de lluvia y exceso de sol, así como al moho, las algas, la suciedad o el vapor.
- Podemos valorar la opción de utilizar una pintura que permita el aislamiento térmico o acústico, materiales que ya existen en el mercado.
Y, recuerda: en la calidad está la virtud. Los profesionales y los materiales que participen en la rehabilitación de tu fachada han de ser de primera calidad. Por eso te recomendamos que pongas tu confianza en Rodríguez ROS, donde un equipo de profesionales altamente cualificados te asesorará sobre el mejor modo de realizar la reforma de tu fachada siempre con las máximas garantías.